Fundamento:
Ley General de Cambio Climático (LGCC), artículos 87 a 91.
Reglamento del RENE (2014), administrado por la SEMARNAT.
Qué es:
El RENE es el sistema oficial donde las empresas mexicanas reportan sus emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) cada año.
Abarca sectores como:
Energía y petróleo
Industria química, cementera y siderúrgica
Transporte y servicios logísticos
Residuos y manejo de agua
Quiénes reportan:
Empresas con emisiones directas ≥ 25,000 toneladas de CO₂e al año.
Dónde consultarlo:
Portal oficial: https://www.gob.mx/renacc (Registro Nacional de Cambio Climático)
Dentro de él, el RENE tiene una sección con informes agregados por sector y año.
No siempre se muestran todas las empresas individualmente, pero sí hay bases públicas y reportes sectoriales.
2. Inventario Nacional de Emisiones (INEGEI)
Fundamento:
Elaborado por el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC).
Basado en las directrices del IPCC (Panel Intergubernamental de Cambio Climático).
Qué muestra:
Datos agregados de emisiones por sector económico, combustible y tipo de gas.
No individualiza empresas, pero sirve para contextualizar su contribución por industria.
Consulta:
https://www.gob.mx/inecc
3. Programas y reportes voluntarios (Huella Corporativa)
Muchas empresas en México miden y publican voluntariamente su huella de carbono, sobre todo las que siguen criterios ESG o de la Bolsa Mexicana de Valores.
Ejemplos:
BMV / S&P-BMV Total ESG Index: las emisoras reportan su huella de carbono y metas de reducción.
CDP (Carbon Disclosure Project): empresas mexicanas reportan anualmente emisiones y riesgos climáticos.
https://www.cdp.net
ISO 14064 y GHG Protocol: normas internacionales para calcular huella de carbono certificada.
4. Herramientas oficiales de cálculo
La SEMARNAT y el INECC ofrecen herramientas para que empresas (incluso PYMES) calculen su huella:
Calculadora de Huella de Carbono Empresarial:
https://calculadoradecarbono.gob.mx/
(permite estimar emisiones directas e indirectas según energía, transporte, residuos, etc.)
Certificación de Neutralidad de Carbono (voluntaria):
Coordinada por el INECC y entidades acreditadas por la EMA (Entidad Mexicana de Acreditación).
5. En el ámbito fiscal o jurídico
Aunque aún no existe obligación general en el Código Fiscal de la Federación (CFF) o en la Ley del ISR, la tendencia internacional (OCDE, UE, ESG) apunta a que:
Las declaraciones ambientales podrían integrarse como información complementaria fiscal.
Se analizan incentivos fiscales para empresas con neutralidad de carbono o certificación ESG.
Resumen
Nivel Institución Tipo de información Acceso
Nacional (obligatorio) SEMARNAT – RENE Emisiones GEI por empresa (≥25,000 ton) Parcialmente público
Sectorial INECC – INEGEI Emisiones por industria Público
Voluntario CDP, BMV ESG, ISO 14064 Reportes corporativos Público o bajo solicitud
Cálculo propio SEMARNAT/INECC Herramienta oficial de cálculo Abierto
